Por todos los razonamientos de Hechos y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Sede San Juan de Los Morros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Redime parcialmente la pena por el trabajo a favor del penado HIPOLITO CONSTANTE DIAZ, venezolano, Titular de la cédula de identidad N° V-3.602.623, natural de Puerto cabello, estado Carabobo ,nacido en fecha 08-04-1947, de 69 años de edad, soltero , de oficio Vigilante Privado, residenciado en el sector el toco, calle Principal, casa N° 10, San Juan de Los Morros, estado Guárico, actualmente bajo el Régimen Abierto en la Residencia Supervisada " General Ezequiel Zamora ", en DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES, SIETE DIAS y DOCE (12) HORAS SEGUNDO: se Actualiza el Cómputo de pena Cumplida del Sentenciado HIPOLITO CONSTANTE DIAZ, .....