En virtud de los razonamientos expuestos, sustentados en las normas invocadas precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de Los Morros; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara manifiestamente IMPROCEDENTE la concesión al penado LUIS ENRIQUE OCHOA RIOS, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.784.588, natural de San Juan de los Morros, estado Guárico, nacido en fecha 03-06-1967, de 48 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, hijo de María Ríos y de Enrique Ochoa, residenciado en el Barrio Brisas del Valle, sector 02, calle universidad, casa sin número, cerca de la escuela Olga de Bruguera, San Juan de los Morros, Estado Guárico, actualmente recluido en el Internado Judicial de Apure, San Fernando de Apure ; quien fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS de PRISION, más l.....