Visto el contenido del Acta levantada por ante este Tribunal en fecha 19-12-2.016, mediante la cual se dejó constancia del manifiesto de los ciudadanos FAVIO OSCAR INFANTE PEREZ e ISAMARA DEL CARMEN CASTILLO SALAZAR, quienes celebraron acuerdo conciliatorio a favor de sus hijas las niñas (IDENTIDADES OMITIDAS), de un (01) año de edad y nueve meses (09) de edad, respectivamente; lo que se evidencia al folio 13 del presente expediente. Este tribunal a los fines de la prosecución del juicio y en pro del interés superior de las niñas, tomando en cuenta la capacidad y manifiesto del ciudadano demandado, así como el manifiesto de la ciudadana actora de autos; procede actuando de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y con el único aparte del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, debido a que tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibles, aprueba el acuerdo suscrito entre las parte.....