Ahora bien este Tribunal considera pertinente la solicitud realizada por la defensa del penado y ordena oficiar a la Junta de Redención del Centro Penitenciario de Llanos Guanare del Estado Portuguesa, a los efectos de que le sea aperturado el procedimiento para redención Judicial de Pena por el Trabajo y Estudio a favor del penado ARGENIS JOSÉ TIRADO SOSA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.703.514, todo con fundamento en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio. Ofíciese y Notifíquese lo conducente.-
El Juez
Abg. Jesús Alberto Castillo
La Secretaria
Abg. Maria Astrid Carrera
En esa misma fecha se cumplió con lo ordenado.