Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:1)Ejecuta la sentencia definitivamente firme dictada por el tribunal de control 02 de este Circuito Judicial Penal contra el ciudadano JULIO CESAR MANZANO venezolano, natural de esta cuidad , nacido el 29-10-1980, de 29 años de edad, soltero, profesión u oficio indefinida, hijo de HIPOLITO ESSA y ANA MANZANO, ambos viven , titular de la cedula de identidad Nº NO HA CEDULADO, residenciado en Barrio Brisas del Valle, sector1, casa s/n, cerca del Saman de esta cuidad , por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefaci.....