"...este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE REVISION DE LA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACION DE LIBERTAD, solicitada por la defensa del imputado FERNANDO JAVIER MORA MENDOZA y como consecuencia NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en virtud de que no han variado las circunstancias por las cuales el Juzgado Primero de Control de esta Extensión Judicial, dictó la Medida Preventiva de Libertad en fecha 17 de Febrero del año 2003..."