...Es por lo que este Tribunal de Control N°2 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: Cesan las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad decretadas en fecha 16 de Octubre del año 2000, en contra del ciudadano HECTOR ADAN LUQUE MARIN, titular de la Cédula de Identidad N° 8.801.345, residenciado en la Calle Atarraya Norte, casa s/n, de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, todo con fundamento en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.- SEGUNDO: Ofíciese al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal informándoles del cese de las Medidas Cautelares, en virtud del archivo fiscal. Notifíquese a la victima y a las partes.-