AUTORIZÓ EL PERMISO al penado al penado MARCANO ANGEL LUIS, para trasladarse el día 08-02-2007al 12-02-2007, que corresponde a 5 días de permiso fuera de la Institución, debiendo coordinar con el Delegado de Prueba cualquier otra ante su Delegado de Prueba. Igualmente hágase saber al penado que el no cumplimiento del permiso en los términos acordados puede ocasionar la revocatoria del Régimen Abierto que disfruta. En este sentido el residente deberá ser debidamente impuesto por el Delegado de Prueba de las condiciones del permiso otorgado, todo conforme a lo pautado en el artículo 272 del texto constitucional y el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.