Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal de Control No. 01 de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, la cual corre inserta a los folios 126 al 136 de la única pieza del expediente, mediante la cual se CONDENÓ al ciudadano: JORGE HASBUN CASTRO, colombiano, natural de Cienaga, Departamento Magdalena Colombia, titular de la Cédula de Identidad No. E-7.458.148, nacido en fecha 27-12-1950, de 53 años de edad, hijo de JORGE HASBUN y AMELIA MOZO CASTRO, casado, comerciante, residenciado en Calle 56, casa N° 3678, Sector el Recreo, Barranquilla ¿ Colombia, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN GRADO DE COOPERACIÓN INMEDIATA, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotr.....