ACORDO de Oficio la reforma del respetivo Cómputo, de conformidad a lo establecido en los artículos 482 último aparte y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 455 en relación con el ultimo aparte del articulo 80 del código penal en perjuicio de CARLOS ENRIQUE AULAR MARTINEZ, y a tal efecto se observo: Que el penado VARELA PLADO CHAJET ANTONIO ,venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 12,576.181, quien fue detenido el 03-07-2005 hasta el día de hoy 02-11-2007inclusive, lo cual sumado da un total de OCHO (08) MESES Y 0 DIAS redimidos, que corresponde a un tiempo de detención de 03 TRES AÑOS Y 01 UN DIA, lo que significa que el penado le falta por cumplir un tiempo de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y UN(01) UN DIA, terminando de cumplir la pena en fecha 02-11-2008.-