Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial Civil existente entre los ciudadanos: LUIS GERARDO VILLALTA RAMIREZ Y YAZMIN COROMOTO MALDONADO RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.942.588 y V-14.052.624 respectivamente, contraído en fecha Trece (13) de Marzo de 1998, por ante el Registro Civil de la Parroquia Canta Gallo del Municipio Juan German Roscio del Estado Guarico, tal y como se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio registrada bajo el Nº 06 del año 1998, con fundamento en el Artículo 185–A del Código Ci.....