En este estado el Tribunal vista las exposiciones de las partes, mediante las cual llegan a un acuerdote hacer entrega del inmueble así como del pago de los cánones de arrendamiento vencidos, en aras de garantizar la Tutela Judicial Efectiva y haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflicto consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículos 26 y 258 ejusdem, homologa el presente acuerdo en los términos expuestos y acuerda expedir copia certificada de la presente acta.