En consecuencia cumplida con todas las formalidades de Ley, éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. De conformidad con lo previsto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA CON LUGAR la presente y eleva el anterior justificativo a TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana XIOMARY JOSEFINA BOLIVAR TORREALBA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.150.157, sobre un lote de terreno, propiedad del Municipio Juan German Roscio del Estado Guárico, constante de una superficie de Mil Setecientos Un Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros (1.701,50 Mts), ubicado en la Carretera Nacional Vía Los Flores, S/Nº, de San Juan de los Morros, Estado Guárico.
Regístrese y expídase copias certificadas de la presente resolución, de conformidad con el artículo 248 del Código de P.....