Por las razones expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana YOLEIKA DEL CARMEN RODRIGUEZ BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.477.084, con domicilio en la Urbanización San Fernando Dos Mil, edificio Apure, piso 2, apartamento 2-7 de la Parroquia Puerto Miranda, del Municipio Camaguán del Estado Guárico, hija de la fallecida SILVIA YOLANDA BENITEZ VILLAVICENCIO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.346.702 quedando a salvo los derechos de terceros.
Se deja constancia que la decisión fue dictada dentro del lapso legal. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el libro copiador. Devuélvase original con sus resultas a la interesada. Anótese su entrega en el Libro de solicitudes y compútese en la estadística del Tribunal. Cúmplase.
Dada, firmada y sellad.....