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Por los razonamientos expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de Amparo Constitucional, interpuesto por el ciudadano JOSE GREGORIO MEDINA AULAR contra el fallo dictado por el Juzgado de los Municipios Pedro Zaraza, El Socorro y Santa María de Ipire de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en fecha 23 de Mayo de 2006, en el Expediente Nº 1130-05 nomenclatura de ese Tribunal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de la Pascua a los Tres (3) días del mes de Julio del año 2.007.
El Juez,
Dr. José Alberto Bermejo.-
La Secretaria,
Abog. Trinida.....