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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento intentada por ante este Despacho por los ciudadanos: PEDRO LUIS GUERRA CORDOVA, ANIBAL JOSE GUERRA CORDOVA, BLANCA OLIMPIA GUERRA CORDOVA DE GIL, MARIA SUSANA GUERRA CORDOVA DE CORTEZ e IRIS NATIVIDAD GUERRA CORDOVA.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en Valle de la Pascua, a los Once (11) días del mes de Enero del año 2.007.- Años 195º de la Independencia y 147º de la Federación.-
El Juez,
Dr. Alfredo Ruíz.
La Secretaria,
Abog. Trinidad Frontado G.
Publicada y registrada en su fecha, siendo las 02:00 p.m.
La Secretaria,.....