Acogiendo los criterios anotados y aplicándolos al caso de autos nos encontramos con que el tercero opositor apelante no cumplió con su carga procesal de suministrar las copias correspondientes para su remisión, previa certificación, al Tribunal de Alzada para el conocimiento y decisión del recurso. Por ello este Tribunal decreta la deserción del recurso de apelación en comento y en consecuencia se ordena fijar por auto separado la oportunidad para la designación de los peritos a los efectos de la realización del justiprecio de la cosa embargada, todo los cual se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
El Juez---------------------------------------------------------------------------------------------Dr., Alfredo Ruiz.------------------------------------------------------------La Secretaria