En consecuencia, por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO EFECTUADO POR LAS PARTES A LOS FINES DE QUE ALCANCE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de la Pascua a los dieciocho (18) días del mes de octubre del año 2.013.- Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
José A. Bermejo.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------la Secretaria.---------------------------------------------------------------Abg. Célida Matos--------------
Publi.....