DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos VICENZO D`AMBROSIO LOMBARDI Y CARMEN ROSA GUEVARA DE D`AMBROSIO, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 21 de Agosto de 1.968, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 34, de los libros llevados por ante el Juzgado Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico.
Liquídese la comunidad de gananciales.
Publíquese, incluso en la pagina wed del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencia llevado por e.....