Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión a favor de la ciudadana FLORENTINA COLMENARES JIMENEZ, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-1.832.882, sobre las mejoras y bienhechurias construidas en un lote de terreno municipal, constante de CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (175.44 mts2), ubicado el Barrio Veritas Carrera 21 entre Callejón el Cementerio y calle 12 Casa S/N de esta ciudad de Calabozo estado Guarico y alinderado de la siguiente manera según cedula catastral NORTE: Marisol Rodríguez en 27.20 mts; SUR: Ricardo Tovar en 27.20 mts, ESTE: Florentina Colmenares en 6.00 mts y.....