Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio de los ciudadanos MARBELLA JOSEFINA RODRIGUEZ HERNANDEZ Y EDGAR GREGORIO CORREA ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.625.886 y V-10.268.084 respectivamente, de este domicilio y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que ambos contrajeron por ante el Tribunal Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en fecha 06 de Octubre de 2.000, según Acta Nº 02, folio 02 vto al 04 fte.
Líbrese ofic.....