declara CON LUGAR la solicitud de ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia conforme a los autos se declara a su esposo ERNESTO AUGUSTO PACHECO SANTAELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.081.325 y sus hijos RUTHMARY DEL CARMEN PACHECO RUIZ, HAMELIA YOSELLIN PACHECO RUIZ Y ERNESTO EMILIO PACHECO RUIZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.118.299, V-13.858.918, V-16.236.426, ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por los la DE CUJUS OFELIA TERESA RUIZ DE PACHECO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-4.541.585 fallecida ab-intestato en el Hospital Dr. José Francisco Torrealba en fecha veintinueve (29) de Junio del año 2021. Así se declara.
Segundo: de conformidad con lo establecido en el Articulo 825 del Código Civil se declara con lugar la Solicitud de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, y en consecuencia conforme a los autos reconózcase al ciudadano AMILCAR RAFAEL SOTOMA.....