este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia conforme a los autos se declara a sus Hijas BARBARA JAISEG DE LOS ANGELES PÉREZ ORTUÑO y BARBARA JAIDUV JOSÉ PÉREZ ORTUÑO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-28.771.575 y V-28.563.217, como ÙNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de los derechos dejados por la DE CUJUS, DUVERLY JOSEFINA ORTUÑO ESQUEDA,