Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado en uso de las facultades conferidas mediante Resolución número 2009-0006, de fecha, 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 368.338, de fecha, 02 de Abril de 2009, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos BARRIOS ARVELAEZ RAFAEL ANGEL y RONDON YOSAMIN DEL CARMEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V–11.634.056 y V–14.601.190 ambos domiciliados en esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del estado Guárico y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía por ante la Oficina de la Prefectura Civil de la Parroquia San José de Unare del Estado Guárico, hoy Oficina o Unidad de Registro Civil, Parroquia San José de Unare del Estado Guárico, como.....