, ordena Reponer la causa al estado de fijar nuevamente la celebración de la Audiencia Preliminar y consecuencialmente la fijación de los hechos.-En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 192 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y a los fines de no vulnerar el derecho al debido proceso sin preferencias ni desigualdades de ninguna de las partes, acuerda fijar la celebración de la Audiencia Preliminar para el día Jueves 23 de abril de 2015, a las 10:00 de mañana.-A tal efecto, se ordena notificar de la presente decisión a la parte demandante, BANCO NACIONAL DE CREDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, en la persona de sus apoderados judiciales, Abogados RAFAEL E. ALVAREZ VILLANUEVA y/o RAFAEL E. ALVAREZ LOSCHER y/o GUIDO ALFONSO PUCHE FARIA y/o CARMEN VICTORIA WALLIS CRASSUS y/o MARIANA CAYUELA RIVERO y/o GHISELLE BUTRON REYES.-Por cuanto la parte acto.....