PRIMERO: Declara SIN LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, intentada por los ciudadanos HILARIA MARIA GIRON, ASUNCION RAMON SANCHEZ, JUAN BAUTISTA SANCHEZ, JOSE MANUEL RAMOS GIRON, ALEXI ANTONIO BOLIVAR, JESUS VALENTIN BOLIVAR Y DOMINGO JOSE SANCHEZ, ya identificados, contra el ciudadano JOSE SOTO, también identificado, a fin de que cesaran los actos perturbatorios materializados por el saque de todo el ganado sin autorización de manera arbitraria y violenta fuera de la cerca y por la amenaza de sacar a los querellantes a la fuerza del lote de terreno, hechos ejecutados por el querellado, en el sitio denominado "La Pereña", ubicado en Jurisdicción del Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, constante de Doscientas Hectáreas (200 Has.) aproximadamente, dentro de los linderos siguientes: NORTE: Sabana Grande; SUR: Terrenos de la Pereña; ESTE: Terrenos del mismo fundo, Ricardo Romero Flores y OESTE: Eusebio Sánchez.
SEGUNDO: Como consecuencia, de la declaratoria SIN .....