PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado MANUEL GONZALEZ PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 19.246, en su carácter de apoderado de judicial de la parte accionante ciudadano ELEAZAR HURTADO HERRADEZ, ya identificado en la demanda de INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, contra el ciudadano CARLOS FERREIRA GONCALVES también identificado.-
SEGUNDO: REVOCA el auto dictado en fecha nueve (09) de febrero de 2007, por el Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico con sede en Valle de la Pascua, donde el Tribunal se abstiene de decretar el cumplimento voluntario de la decisión del Juez de Alzada.
TERCERO: En consecuencia continúese con el procedimiento pautado en la Ley a los efectos de cumplir con todas las etapas procesales del juicio tomando en consideración los lineamientos dictados en esta decisión.
CUARTO: Dada la.....