III
En base a los razonamientos de hecho y de derecho expuestos este Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
Declara: Sin Lugar la demanda por Desalojo intentada en la presente causa por el ciudadano abogado CARLOS E. COLMENARES MEDINA, actuando como Apoderado Judicial de la ciudadana ELVIA CORSO DE BORRERO, contra la ASOCIACION COOPERATIVA "LUCHADORAS HASTA VENCER XIV" R.L. en la persona de su presidente MARIA MARGARITA AQUINO, ambas partes identificadas en autos.-
Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.