Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con los Artículos362y887 ambos del C.P.C, DECLARA CONFESO, al ciudadano JUAN ACOSTA,titular de la Cédula de Identidad Nº 4.877.836 y en virtud de haber quedado Confesa en el Juicio, DECLARA CON LUGAR LADEMANDA, por RESOL. DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DESALOJO DE INMUEBLE, intentada por el abogado José Pérez M, I.P.S.A bajo el Nº 101.374, apoderado judicial de Rafael Crespo, titular de la Cédula de Identidad Nº847.122,se hacen los siguientes pronunciamientos:PRIMERO: Se da por resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre RAFAEL CRESPOy JUAN ACOSTA, identificados en autos.-SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses que corren desde la fe.....