Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guàrico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en los Artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes, se da por terminada la presente causa, y se ordena expedir copia certificada por Secretaria de dicho convenimiento con su homologación y la remisión del presente expediente al Registro Principal del Estado Guárico, a los fines de su archivo, una vez que quede definitivamente firme la presente decisión. Líbrese oficio.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada, para el Archivo de este Juzgado.
Dado, firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónim.....