Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el presente Convenimiento y se ordena archivo del expediente.- ------------------------------------------------------------------------------
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-----------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Calabozo, a los Veintisiete (27) días del mes de Julio de Dos Mil Siete.-
“ AÑOS” 197° de la Independencia y 148° de la Federación
LA JUEZ
ABG. DELIA .....