Vista la exposición realizada por el ciudadano: OSCAR MANUEL GUDIÑO BALZA, en su carácter de autos quien propone que en los actuales momentos no está en condiciones económicas por cuanto se encuentra delicado de salud y tiene otra familia a la cual mantener , no procediendo dicho aumento de Obligación de Manutención, dicho ciudadano continuara depositando la cantidad de dinero que ha venido realizando, hasta que informe al Tribunal aumentar la referida obligación de manutención, y en virtud de la aceptación hecha por la ciudadana ALEJANDRA REBOLLEDO DE HERNANDEZ, en representación de sus nietos en fecha 31 de Julio de 2009 (f. 90), en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos.-