Visto el convenimiento celebrado entre la ciudadana: ELEUDYMAR HERRERA LIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº 21.662.694, , quien actúa en representación de sus hijos xxxxxxxxxx Y xxxxxxxxxxxxx, y el ciudadano: LEUDYZ RAFAEL MARTINEZ GONZALALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº 19.374.932, parte demandada en el presente juicio de Obligación de Manutención, donde se estableció como Obligación de Manutención en la cantidad de Ochenta Bolívares (Bs. 80, 00) semanales, es decir la cantidad de TRESCIENTOS VENITE BOLIVARES (Bs. 320,00) mensual, asi como comprarles la ropa en su totalidad en la época decembrina, y colaborar con los gastos de medicinas, medico, cuando el caso lo amerite; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superi.....