Visto el desistimiento realizado en el expediente N° 760-07, de fecha 06 de Diciembre de 2007, cursante al folio 15, introducido por el Ciudadano JUAN JOSÉ QUINTERO HERNÁNDEZ, en su carácter acreditado en autos, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación en todas y cada una de sus partes; en consecuencia se deja sin efecto la Medida de Secuestro decretada en fecha 16 de Octubre de 2007, (Cuaderno de Medidas), mediante Oficio N° 800, de fecha 16 de Octubre de 2007, en este mismo acto se acuerda hacer entrega a la parte actora los documentos solicitados, insertos del folio 06 al 10 de la presente causa, previa certificación en autos.-