Vista la exposición que antecede, realizado por la Ciudadana: MAHOLY COROMOTO FERNANDEZ TORREALBA, cursante al folio 23 del Expediente N° 757-07, actuando en representación de sus hija (identificada en autos); quién desiste del procedimiento en la presente causa.- El Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación solo en lo referente al procedimiento, por cuanto esta materia involucra el interés superior del niño y del adolescente que es de carácter irrenunciable.-