declara CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana ELOINA RAMIREZ MACHUCA, en representación de su hija: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, contra el padre de la niña, ciudadano: WILMAN JOSÉ RODRIGUEZ YANEZ, con motivo del juicio de Fijación de Obligación Alimentaría, por tanto la suma establecida como pensión es la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES ( Bs. 184.437,oo) mensuales que corresponde al 30% del salario mínimo nacional urbano, que deberá el obligado-demandado, ya identificado, suministrar a su hija identificada en autos, por mensualidad adelantada. Igualmente el obligado alimentario demandado, deberá colaborar con la compra de uniforme y útiles escolares en un Cincuenta (50%) por ciento, igualmente en el mes de Diciembre los gastos serán compartidos en un 50% para gastos propios de la época decembrina. Además deberá contribuir con gastos médicos, medicinas, vestuario diario, cuando lo requieran dicha menor.