Vista la exposición realizada ante este despacho por la ciudadana : ANAIS MARIA JIMENEZ TADELMO, en su carácter de autos, donde desiste del Procedimiento en el presente juicio en representación de sus hijos xxxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxxxx ,con motivo de Obligación de Manutención, seguido en contra del ciudadano EFREN RAFAEL AGUILAR; en consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su homologación en todas y cada una de sus partes. En consecuencia se deja sin efecto oficio Nª 600 de fecha 03 de Julio de 2008, cursante al folio 18 del presente juicio, por cuanto la parte actora en ningún momento apertura cuenta en dicha entidad bancaria.-