No hay condenatoria en costas por aplicación supletoria del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, en remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, Regístrese y déjese copia autorizada.
Dado, firmado y sellado en Valle de la Pascua, a los veinticinco (25) días del mes de abril de 2016, año 205º de la Independencia y 156º de la Federación.-
LA JUEZA TITULAR,
ABG. MARIA MILAGROS SALAZAR
LA SECRETARIA
ABG. AYBEL KARINA GONZALEZ
En esta misma fecha se diarizo, se publico y se dejó la copia autorizada,
La Secretaria,
MMS/AG