este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, la Abogado KLEDEN CARIDAD COLMENARES S. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 116.764, con el carácter de apoderado judicial de la Entidad de Trabajo FUNDACION SOCIALISTA MEDICAINTEGRAL DEL GUARICO ,cualidad esta que se evidencia del Poder Original que presenta para que previa certificación de las copias le sea devuelto el original, quien en lo sucesivo y a los efectos de esta Acta se denominará "DEMANDADA", y en este estado se deja constancia de la Incomparecencia de la Parte Demandante Ciudadana FRANCYS REBECA HERRERA NARANJO, ni por si ni por Apoderada Judicial alguno , en Consecuencia este TRIBUNAL SEPTIMO DEL TRABAJO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.. .....