Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Estado Guárico, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud formulada por el Ministerio Público y en consecuencia Decreta el Sobreseimiento Provisional de la Causa que se le sigue a los Ciudadanos CHARLIE GABRIEL REYNA RODRIGUEZ, venezolano, de 17 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.472.320, natural Maracay Estado Aragua, hijo de Alejandrina Rodríguez y de Luis Reyna, residenciado en el Barrio San Vicente, Calle 1º de Mayo, casa 51, Maracay, Estado Aragua y JUNIOR JESUS APARICIO DELGADO, venezolano, mayor de edad, soltero, natural Maracay Estado Aragua hijo de Teresa Delgado y de Matías Aparicio, residenciado en el Barrio San Vicente, Calle 1º de Mayo, casa 51, Maracay, Estado Aragua, de conformidad con lo dispues.....