PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud formulada por la Vindicta Pública, por lo que se Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la Causa que se le sigue al ciudadano JORGE LUIS SALAZAR MENDOZA, venezolano, natural de Calabozo, Estado Guarico, donde nació en fecha 12/01/1982, mayor de edad ,soltero, obrero, titular de la cédula de Identidad Nº V-15.100.167, hijo de Sergia Salazar y de Jorge Ramón Salazar, residenciado en Urbanización Los Pinos, Sector N 04, Vereda Nº 08, Casa Nº 03; Calabozo, Estado Guárico, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Numeral 8º del artículo 48 ejusdem, en relación con lo establecido en el literal "d" del Artículo 561 y 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y del Ordinal 5º del artículo 108 del Código Penal. SEGUNDO: Se Declara Concluida la presente causa y se ordena remitir la misma al Archivo como pieza concluida, en la oportunidad .....