DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Guarico, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO, seguido en contra del adolescente para el momento de la presunta comisión del hecho punible: IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, soltero, natural de Calabozo. Estado Guarico, estudiante, nacido el 15 de diciembre del 81, residenciado en la carrera 12, entre las calles 07 08, edificio Caramba, apartamento 01, hijo de FUAD ZIB y SOJA y portador de la Cedula de Identidad No. ; de conformidad con lo establecido en los artículos 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y en lo dispuesto en los Artículos 8 y 537 ejusdem y en consecuencia se ordena el archivo del mismo.
Regístrese, publíquese, notifíquese de la presente decisión.
El Juez .....