Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por las partes demandantes, en consecuencia se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la sentencia recurrida de fecha 12 de abril de 2007 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo. En consecuencia se declara Sin Lugar la demanda por Diferencia de Prestaciones Sociales interpuesta por los ciudadanos Eliomar José Martínez Pereira y Victor Manuel Herrera Carrillo contra Factorys Mezclas C.A.