Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. Segundo: SE CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la decisión recurrida de fecha 19 de Marzo del año 2.007 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En consecuencia se declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Luis Alberto Linares, condenándose a la accionada Bar Restaurant y Pollo en Brasa Guarico, S. R. L al pago de la cantidad de Veintiocho Millones Trescientos Doce Mil Doscientos Bolívares Sin Céntimos (Bs.28.312.200,00)