Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: Primero: La nulidad de la sentencia publicada en fecha 15 de Junio de 2007 por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Calabozo. Segundo: La reposición de la presente causa al estado de que el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Calabozo, celebre nuevamente la Audiencia Oral de Juicio, a los fines de la evacuación de las pruebas testimoniales con sujeción a lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.