En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación Judicial de la parte demandada, Abogado José Crispín Flores, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Segundo: PARCIALMENTE Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora Abogados Alecio Valeri y Saúl Ledezma. Tercero: SE REVOCA la decisión recurrida de fecha 21 de Febrero de 2007, proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico. Cuarto: SIN LUGAR La Solidaridad entre las empresas accionadas. Quinto: PARCIALMENTE Con.....