En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada. Segundo: SE CONFIRMA la decisión recurrida de fecha 20 de abril del año 2007 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Tercero: Se Declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano José Santiago Zamora Moreno contra los ciudadanos Alí Rafael Aguaje y Lisandro Adolfo Aguaje Mejías