Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, en consecuencia se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la sentencia recurrida de fecha Tres (03) de Octubre de 2007 dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en la ciudad de Calabozo. En consecuencia se declara Desistido el Procedimiento y Terminado el Proceso en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano Henry Rojas Rico contra los ciudadanos Ramona Antonia Tovar de Rojas, Wenso Rafael Rojas Tovar y Héctor Antonio López Tovar.