En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada. TERCERO: SE REVOCA PARCIALMENTE la decisión recurrida de fecha 20 de enero de 2006, proveniente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en la Ciudad de Calabozo.