Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada recurrente. Segundo: Se confirma en todas sus partes la sentencia recurrida de fecha 12 de diciembre de 2006, proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua. Tercero: Se declara Parcialmente Con Lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano Geovany Rafael Rodríguez contra Expresos Autobuses La Pascua C.A.